2006
El derecho a replica
Volviendo a la entrevista a Ramoncín, casi al final habla del asunto de que la SGAE cobra derechos de autor en las bodas, y me gustaría aclarar algo en lo que el claramente utiliza un discurso manipulado y engañoso.
El “cantante” dice que: “la SGAE tiene un producto, como el panadero tiene un producto, el relojero otro, y el taxista ofrece un servicio, pues la SGAE tiene un producto. Si usted usa mi producto tiene que pagar por su uso, y las leyes internacionales dicen que cuando una persona hace uso de una canción en un sitio de dominio público por el que te cobran…” Y luego lanza algunas preguntas como que por qué no nos quejamos del de la luz cuando a él también tenemos que pagarle.
Yo simplemente diría que en cuanto a lo que dice de las leyes internacionales no tengo yo muy claro que es lo que dicen en verdad, tendría que informarme primero para hablar. Pero con respecto a lo del producto si que puedo hacer una reflexión lógica que vendría a ser lo siguiente:
Es cierto que tal y como dice Ramoncín, la SGAE tiene un producto, igual que el panadero o el relojero. Lo que pasa es que, cuando te compras un reloj, es tuyo, puedes hacer con él lo que te de la gana, si es un reloj de pared que cuelgas en una oficina para que todos los empleados vean la hora, nadie viene a cobrarte por eso. Porque tu has comprado el producto y en ese momento se convierte en tu propiedad, y pienso que por lógica con tu propiedad puedes hacer lo que quieras, compartirla o no. Si es un reloj de pulsera, no te cobran cada vez que le dices la hora a alguien, con quien estás compartiendo lo que tu reloj indica en ese momento.
Entonces la SGAE tiene un producto, vale perfecto, entonces yo voy a una tienda y compro el CD de Ramoncín para amenizar mi boda. ¿Acaso no he comprado ya el CD? Hasta ahí tiene lógica la cosa. Pero como en el caso del reloj, ahora ese CD es de mi propiedad, debería de tener el derecho de hacer con el lo que quiera, si deseo ponerlo en la oficina para que estemos todos los trabajadores más agusto con algo de música de fondo mientras trabajamos, por lógica, estoy en mi derecho de hacerlo. Pero es ahí donde la SGAE dice que no, que si haces eso tienes que volver a pagar por estar reproduciendo el CD en un lugar de dominio público. ¿Tiene lógica eso? O sea que cada vez que yo quiera reproducir mi CD, en un lugar donde haya más gente he de pagar nuevamente al autor por algo por lo que ya le he pagado. Eso es un timo y un robo en toda regla.
Lo siento Ramoncín, pero no tiene lógica. Y si te jode que la gente sea solidaria y se presten tu música, aunque más bien creo que la tuya más bien poco, porque dudo que haya demasiada gente en la actualidad que quiera escucharla, pues te aguantas tio, buscate otra manera de ganar dinero.
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